R2A2

Creadas por la ley del suelo estatal 38/1999 de 5 de noviembre y desarrolladas en la Comunidad de Madrid por la Ley del Suelo 9/2001 de 17 de Julio las ENTIDADES URBANÍSTICAS COLABORADORAS DE CONSERVACIÓN son una figura de naturaleza mixta por su carácter público-privado que en función del planeamiento urbanístico de cada municipio supondrá la obligación de constituirse en ella para los propietarios de parcelas privativas en un ámbito urbanizado con el fin de conservar los elementos de la urbanización.

Dichos elementos de la urbanización son de naturaleza pública (calles, aceras, jardines, alumbrado, redes de saneamiento, etc).

La administración local competente, Ayuntamiento, siempre formará parte de cada ENTIDAD URBANÍSTICA COLABORADORA DE CONSERVACIÓN, como órgano de tutela de la misma atendiendo las obligaciones que la regulación vigente le impone tales como garantizar el buen funcionamiento de la COLABORACIÓN entre administración pública (Ayuntamiento) y propietarios privados dentro del ámbito, servir de intermediario y soporte entre las ENTIDADES COLABORADORAS DE CONSERVACIÓN y otros ayuntamientos de municipios colindantes y/o las administraciones de carácter supramunicipal que pudieran tener competencia en elementos URBANÍSTICOS que afecten al ámbito CONSERVADO (comunidad autónoma, ministerio de fomento, Canal de Isabel II, etc) y por supuesto, la administración local competente (Ayuntamiento) tiene la obligación de subvencionar a cada ENTIDAD URBANÍSTICA COLABORADORA DE CONSERVACIÓN que su planeamiento urbanístico imponga constituir.

Los costes de CONSERVACIÓN, es decir, los costes del mantenimiento de los elementos de la URBANIZACIÓN serán sufragados por los propietarios privativos del ámbito constituidos en ENTIDAD URBANÍSTICA COLABORADORA DE CONSERVACIÓN mediante la aportación de cuotas periódicas en función de sus correspondientes coeficientes de participación. Las mencionadas cuotas, unidas a la subvención municipal deben cubrir los costes de CONSERVACIÓN de los elementos de la URBANIZACIÓN.
La Comunidad de Madrid contiene numerosos municipios que utilizan en sus distintos planeamientos urbanísticos la figura de la ENTIDAD URBANÍSTICA COLABORADORA DE CONSERVACIÓN como elemento para CONSERVAR los elementos de la URBANIZACIÓN en ámbitos de todo uso (residencial, industrial o comercial) tales como Alcobendas con los ámbitos residenciales de La Moraleja, El Encinar de los Reyes y El Soto entre otros, San Sebastián de los Reyes con ámbitos residenciales como Ciudalcampo, Fuente del Fresno o el Club de Campo o comerciales como MEGAPARK, San Fernando de Henares con ámbitos industriales como los sectores SUP-I-1, SUP-I-2, SUP-I-3, SUP-I-4 y SUP-I-5 de su P.G.O.U, así como Torrejón de Ardoz, Leganés, Pinto, etc.
En nuestra empresa R2 (ARA GESTIÓN Y DESARROLLO, S.L.) somos especialistas en la gestión, secretaría y administración de ENTIDADES URBANÍSTICAS COLABORADORAS DE CONSERVACIÓN. Desde el año 2008 gestionamos más de 1.300.000 m2 de suelo industrial/comercial y más de 400.000 m2 de suelo residencial, constituidos en distintas ENTIDADES DE CONSERVACIÓN.
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